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Alina Altamirano - Conflict of Interest - icallmylawyer.com

Alina E. Altaminaro
aka Alina E. Perez

Yudanis Muniz
aka Yudanis Hernandez

 

Tabla de contenido

  1. Antecedentes [ #background ]
  2. Antecedentes legales - Conflictos de intereses - Parte 1 [ #legal1 ]
  3. Antecedentes legales - Procedimientos de retiro del mercado - Parte 2 [ #legal2 ]
  4. Antecedentes legales - SLAPP - Parte 3 [ #legal3 ]
  5. La línea de tiempo [ #thetimeline ]
  6. La base [ #thebasis ]
  7. Análisis de la presentación de la petición de revocatoria [ #recallpetition ]
  8. Conclusión [ #conclusión ]
  9. Exposiciones [ #exposiciones ]

Conclusión

La conducta y ética profesional de Alina Altamirano están en tela de juicio debido a sus constantes violaciones a la ley y comportamientos poco éticos. Alina Altamirano ha:

  • A sabiendas e intencionalmente no reveló el conflicto de intereses según FS 718.3027 y FS 468.4335
  • Amenazó consciente e intencionalmente con emprender acciones civiles y una orden judicial contra la participación pública contra el individuo n.° 1
  • Amenazó consciente e intencionalmente con emprender acciones civiles y una orden judicial contra la participación pública contra el individuo n.° 2
  • Amenazó consciente e intencionalmente con emprender acciones civiles y una orden judicial contra la participación pública contra el individuo n.° 3
  • Amenazó consciente e intencionalmente con emprender acciones civiles y una orden judicial contra la participación pública contra el individuo n.° 4
  • Mintió al presentar la petición de revocación afirmando que habían intentado hablar con el representante de los propietarios de unidades, cuando ella había ignorado toda la comunicación y los intentos de resolver el asunto.
  • Presentó la petición de revocación 14 días tarde sabiendo que debería haber sido efectiva por no presentarla dentro de los 5 días hábiles debido a un conflicto de intereses.
  • No ha hecho ningún esfuerzo por resolver el asunto, y en cambio ha estado mintiendo sobre todo, incluso en el tribunal administrativo.
  • No cumplió con la ley y abusó de su licencia de abogada para engañar maliciosamente a otros para lograr su agenda en su conflicto de intereses con Yudanis Muniz.
  • No ha cumplido la ley muchas veces en un corto período de tiempo porque sus acciones son intencionales para causar daño.
  • Destituyó ilegalmente a una junta directiva en funciones de Sunbiz para tomar posesión ilegal de la Asociación después de ignorar toda comunicación relacionada con ella.
  • El interés financiero supera el medio millón de dólares, con un importe conocido en dólares de más de 555.248,48 dólares.
  • Ha defraudado a los 172 propietarios de unidades de su derecho a votar en la Elección Revocatoria según 718.112
  • Ha causado y sigue causando un daño público masivo e irreparable. 

 Fondo

Yudanis Muniz es el propietario de Options Insurance Solutions [ Anexo n.° 1 ] y The Firm Property Management Group [ Anexo n.° 2 ], que tienen 2 contratos importantes con la Asociación. Options Insurance Solutions es el agente de pólizas de seguros que tiene múltiples pólizas [ Anexo n.° 3 , Anexo n.° 4 ] por un valor de $497 648,44 al año [ Anexo n.° 4-1 , Anexo n.° 4-2 , Anexo n.° 4-3 ]. The Firm Property Management Group es el segundo contrato por un valor de $57 600 al año. En conjunto, Yudanis Muniz tiene una participación mínima en la Asociación por un valor de más de $555 248,44 al año . [ Anexo n.° 5 ] De los cuales se incluyen Defensa legal, seguro de compensación para trabajadores y seguro contra delitos de directores. [ Anexo n.° 4-4 ]. La Asociación no tiene empleados directamente empleados para ella.

Yudanis Muniz se comunica con la Asociación a través del correo electrónico deEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Anexo #5-1 ]

La Asociación contrató a Alina E. Altamirano, también conocida como Alina E. Pérez, amiga de muchos años y abogada personal de Yudanis Muniz, para luchar contra la petición de destitución utilizando TODOS los medios posibles. La Sra. Altamirano ha representado a Yudanis Muniz en varios casos personales conocidos. 

  • Primer caso: 
    Cambio de nombre de Yudanis Hernández a Yudaniz Muniz en septiembre de 2020 - septiembre de 2022. [ Anexo n.° 6 ]
  • Segundo caso:
    Escritura de garantía de un fideicomiso revocable en octubre de 2022 [ Anexo n.° 7 ]
  • Tercer caso: 
    demanda por techado contra Yudanis Muniz. Caso activo: abril de 2023 - actualidad  Anexo n.° 8 ]

Tenga en cuenta que todos estos son casos recientes desde que Alina Altamirano obtuvo su licencia de abogada en abril de 2020 [ Anexo n.° 9 ]. Sin duda, tienen una relación cercana, que probablemente comenzó antes de que ella obtuviera su licencia de abogada. 

Antecedentes legales - Conflictos de intereses - Parte 1

El 1 de julio de 2024, entró en vigencia el Proyecto de ley 1021 de la Cámara de Representantes para las asociaciones comunitarias [ Anexo n.° 10 ]. Esta sección se centra en las nuevas leyes sobre conflictos de intereses .  Los conflictos de intereses deben revelarse a los propietarios de unidades/miembros de la asociación. En cualquier reunión posterior al 1 de julio de 2024, la asociación debe revelar todos los conflictos de intereses existentes y nuevos. 

En la próxima reunión ordinaria o extraordinaria de socios se deberá revelar a los socios la existencia del conflicto de intereses y el contrato u otra transacción .

La actividad propuesta que pueda representar un conflicto de intereses debe figurar en la agenda de la reunión de la junta directiva para considerar la propuesta y todos los contratos y documentos transaccionales relacionados con la actividad propuesta deben adjuntarse a ella, y deben figurar como anexo a las actas de la reunión .

El directorio debe aprobar los contratos con potencial conflicto de intereses , y todos los contratos de gestión, mediante el voto afirmativo de dos tercios de todos los directores presentes.

Anexo #11 ]

La Asociación celebró una reunión el 7 de agosto de 2024 y, de manera ilícita, no reveló estos conflictos de interés a los miembros [ Anexo n.° 12 ]. Para empeorar las cosas, la Asociación contrató a Alina E. Altamirano con un conflicto de interés conocido con Yudanis Muniz . Una vez más, no revelaron ilegalmente estos conflictos de interés a los miembros. Alina E. Altamirano, a sabiendas e intencionalmente, no aconsejó a la Asociación que revelara los conflictos de interés a los miembros debido a las ganancias financieras personales vinculadas con la representación de la Asociación y su amiga Yudanis Muniz. 

Se desconoce cuándo exactamente la señora Altamirano comenzó a trabajar para la Asociación, pero su primera aparición fue el 16 de agosto de 2024, donde también le envía a Yudanis Muniz una copia de cortesía del correo electrónico. Lo más probable es que estuviera asesorando a su cliente Yudanis Munis e influyendo en las decisiones de la Asociación durante bastante tiempo.

Antecedentes legales - Procedimientos de retirada - Parte 2

La revocación de la Junta Directiva se puede hacer con o sin causa. El factor que impulsó la petición de revocación fue que, dado que la Junta Directiva no celebró las elecciones anuales en noviembre de 2023, los propietarios decidieron hacer una revocación porque les quitaron el derecho a votar. Una vez más, la Junta Directiva les quitó el derecho a votar a los propietarios al rechazar de manera fraudulenta y frívola una petición de revocación válida con la mayoría de votos. 

Para que una revocatoria tenga éxito, la Junta Directiva debe recibir las papeletas de votación. Luego, la Junta Directiva debe tener 5 días hábiles completos para celebrar una reunión y rechazar o certificar la petición de revocación. Si se rechaza, la Junta Directiva debe presentar la petición de revocación para arbitraje de revocación dentro de los 5 días hábiles. 

Antecedentes legales - SLAPP - Parte 3

¿Qué es SLAPP (Demandas Estratégicas Contra la Participación Pública)?

El Proyecto de Ley 1021 de la Cámara de Representantes revisó las demandas SLAPP y por difamación de la Ley de Condominios. Las demandas SLAPP están diseñadas para silenciar la participación y los derechos de los propietarios . Una demanda SLAPP sería una defensa en la medida en que exista una acusación de conducta de represalia por parte de una Junta contra un propietario que esté ejerciendo su derecho a quejarse, solicitar reparación , criticar o hacer declaraciones sobre el funcionamiento o las decisiones de la Junta o la Asociación .

Tomar represalias contra los propietarios de unidades, mediante la imposición de multas, el aumento discriminatorio de las cuotas, la disminución de los servicios o la amenaza de iniciar una acción por posesión u otra acción civil , incluida la difamación, la calumnia, la injuria o la interferencia ilícita, basada en la conducta protegida del propietario de la unidad.

Anexo #13 ]

Alina Altamirano ha amenazado con iniciar una acción civil contra todos los miembros que participaron en la petición de destitución. Alina Altamirano está violando imprudentemente la ley al silenciar cualquier declaración pública sobre la destitución. Amenaza con iniciar una acción civil contra los miembros que ganaron legítimamente la destitución. [ Prueba n.° 14 ]

Alina Atamirano envió las mismas amenazas de emprender acciones civiles contra todos los que formaron parte del referendo revocatorio, refiriéndose a ellos como un "grupo de propietarios de unidades" que están violando la paz de la Asociación por postularse a un cargo que es parte de la democracia. [ Prueba #14-1 ]

El Grupo de Gestión de Propiedades de la Firma fabrica infracciones en respuesta al retiro. De manera selectiva, lo hace público con la intención de causar difamación y calumnia. En particular, apunta al Representante de los Propietarios de Unidades [ Anexo n.° 15 ]

Se trata de una conspiración civil entre Alina Altamirano y Yudanis Muniz para quedarse con el control de la Asociación debido a Conflictos de Intereses y cometer fraude.

  • El 5 de septiembre de 2024 a las 6:47 p. m., uno de los miembros de la Junta Directiva de reemplazo que recibió esta amenaza de SLAPP respondió a Alina Altamirano. [ Prueba n.° 14-2 ]
    • No response from Alina Altamirano
  • El 6 de septiembre de 2024 a las 11:48 a. m., otro miembro de la Junta Directiva que recibió esta amenaza de SLAPP respondió a Alina Altamirano. [ Prueba n.° 14-3 ]
    • No response from Alina Altamirano

La amenaza de Alina Altamirano a Participación Pública tenía como único fin destruir cualquier oposición que pudiera perjudicar económicamente a su amiga y clienta Yudanis Muniz. Un abuso y mal uso de su licencia de abogada.

La línea de tiempo

  1. La Junta Directiva recibió la petición de destitución el 31 de julio de 2024 [ Anexo n.° 16 ]
  2. El Directorio se reunió y rechazó la revocatoria el 5 de agosto de 2024 [ Anexo #12 ]
  3. La Asociación no presentó una solicitud de arbitraje de revocación el 14 de agosto de 2024.
  4. Debido a que no se presentó una solicitud de arbitraje de revocación, la revocación se hizo efectiva mediante el Código Administrativo 61B-50.105 el 15 de agosto de 2024.

La regla 61B-50.105 del Código Administrativo de Florida establece claramente lo siguiente para el arbitraje de revocación:

El incumplimiento por parte de una asociación de presentar oportunamente una petición de arbitraje de revocación dentro de los plazos impuestos por estas reglas o los Capítulos 718, 719 y 723, FS, dará lugar a la certificación de la revocación y a la destitución inmediata de los miembros de la junta sujetos a la revocación.

Las alegaciones de la junta sobre negligencia excusable o la incapacidad de identificar defectos en el esfuerzo de revocación dentro del tiempo proporcionado, u otras excusas insignificantes, no se considerarán como defensas adecuadas. 

Sólo la junta directiva de una asociación puede presentar una petición de arbitraje revocatorio.

Anexo #17 ]

La base

El 15 de agosto de 2024, la Asociación no presentó una petición de arbitraje de destitución, lo que dio como resultado la certificación y la destitución inmediata de los miembros de la junta según lo prescrito por la Norma 61B-50.105 del Código Administrativo de Florida. El representante de los propietarios de unidades hizo su debida diligencia y se aseguró de que no se presentara una petición de arbitraje de destitución en Tallahassee. Este representante se comunicó con:

  • El 15 de agosto de 2024, me comuniqué con el agente registrado en ese momento, KAYE BENDER REMBAUM.
    • Respondieron que no tenían conocimiento de ninguna presentación de petición de arbitraje revocatorio. 
  • El 15 de agosto de 2024 a las 9:25 a. m., me comuniqué con Yudanis Muniz de The Firm Property Management Group. [ Anexo n.° 18 ]
    • El 15 de agosto de 2024 a las 9:25, hubo una respuesta automática de que responderían en un plazo de 24 horas. [ Anexo n.° 19 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.
  • El 15 de agosto de 2024 a las 16:57 horas, la dirección envió una carta para la Asamblea Anual y las Elecciones de la Junta Directiva. [ Anexo n.° 20 ]
    • Esa fue su respuesta a las consultas revocatorias. Celebrar elecciones el 16 de octubre de 2024, cuando según los estatutos las elecciones deben celebrarse el primer martes de noviembre. 5 de noviembre de 2024. 
    • Eligieron intencionalmente el 16 de octubre de 2024 en contra de los estatutos, para aplicar la regla de que "no se puede presentar una petición de revocatoria dentro de los 60 días anteriores o posteriores a las elecciones".
    • El plazo de 60 días haría que el último día para que cualquier persona presente una petición de arbitraje de revocación sea el 17 de agosto de 2024. 
  • El 15 de agosto, a las 5:59 p. m., el representante se comunicó para que Yudanis Muniz pudiera programar la reunión de Zoom para la Reunión Organizativa. [ Anexo n.° 21 ]
    • El 15 de agosto de 2024 a las 9:25, hubo una respuesta automática de que responderían en un plazo de 24 horas. [ Anexo n.° 22 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.
  • El 15 de agosto de 2024 a las 6:39 p. m., el representante se comunicó con Yudanis Muniz para que pudiera publicar el Aviso de Reunión Organizativa. [ Anexo n.° 23 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.

Como la empresa administradora no dio una respuesta oportuna y el agente registrado no estaba al tanto de ninguna presentación de arbitraje de revocación, el representante asumió con seguridad que no se había presentado una petición de arbitraje de revocación. 

Dado que los Yudanis de The Firm Property Management Group no cooperaban con la nueva Junta Directiva, el aviso de la reunión fue publicado por miembros voluntarios en la Asociación el 16 de agosto de 2024.

  • El 16 de agosto de 2024 a las 5:14 p. m., después de que se publicó el aviso de la reunión, Alina Altamirano hizo su primera aparición amenazando con emprender acciones legales contra la Junta Directiva de reemplazo que publicó el aviso de la reunión. [ Anexo n.° 24 ]
    • Ella copió a Yudanis Muniz y a la firma Property Management Group en el correo electrónico.
  • El 16 de agosto de 2024 a las 5:18 p. m., Alina Altamirano volvió a amenazar con emprender acciones legales contra la Junta Directiva sustituta que publicó el aviso de la reunión. [ Anexo n.° 25 ]
    • Ella copió a Yudanis Muniz y a la firma Property Management Group en el correo electrónico.
  • El 16 de agosto de 2024 a las 5:20 p. m., 2 minutos después, el representante respondió solicitando copia del acta de la reunión y fecha de presentación de la petición de revocatoria. [ Anexo #26 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 16 de agosto de 2024 a las 6:06 p. m., se envió un correo electrónico de seguimiento solicitando una respuesta, ya que se trataba de un problema urgente que debía abordarse de inmediato. [ Prueba n.° 27 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 16 de agosto de 2024 a las 19:47, se envió un correo electrónico de seguimiento en el que se indicaba que se sospechaba que su representación era fraudulenta debido a su falta de respuesta y se instaba a que se respondiera. [ Prueba n.° 28 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 16 de agosto de 2024 a las 21:53, el representante asumió que el correo electrónico podría haber sido fraudulento y amenazó con denunciar a Alina Altamirano ante el Colegio de Abogados de Florida como sospechosa de fraude. [ Prueba n.° 29 ]
  • El 16 de agosto de 2024 a las 22:04, Alina Altamirano respondió indicando que me comuniqué con ella fuera del horario laboral y que respondería el lunes durante el horario laboral. [ Anexo n.° 30 ]
  • El 16 de agosto de 2024 a las 10:05 p. m., el representante asumió simultáneamente que el correo electrónico podría haber sido un fraude y amenazó con denunciar a Alina Altamirano ante el Colegio de Abogados de Florida a medianoche. [ Prueba n.° 31 ]
  • El 16 de agosto de 2024 a las 22:14 horas, el representante expuso el motivo de la sospecha de fraude. Nuevamente solicitó la copia de la petición de arbitraje de revocación presentada en tiempo y forma y las actas de la reunión. [ Anexo n.° 32 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 19 de agosto de 2024 a las 10:43 a. m., el representante envió un correo electrónico de seguimiento debido a que la Sra. Altamirano no respondió, ya que prometió hacerlo previamente durante el horario comercial. [ Prueba n.° 33 ]
  • El 19 de agosto de 2024 a las 11:11 a. m., Alina Altamirano respondió indicando que necesito solicitar esos documentos a través de los canales correspondientes mediante Solicitudes de Registros Oficiales. Si bien Altamirano es quien inició el asunto legal, utilizó esta táctica para evadir la respuesta adecuada y la Ley de Florida. [ Prueba n.° 34 ]
  • El 19 de agosto de 2024 a las 12:12 p. m., el representante notificó a Alina Altamirano que, dado que el retiro no se presentó de manera oportuna, el retiro entraría en vigencia de inmediato el 15 de agosto de 2024. Además, indicó que, dado que no proporcionó los documentos solicitados, sus reclamos no son válidos. [ Prueba n.° 35 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 19 de agosto de 2024 a las 5:25 p.m., la presidenta destituida Alejandra Estévez, bajo la asesoría legal de Alina Altamirano, envió un memorando utilizando el sitio web administrado por Yudanis Munis y sus empleados para desacreditar la destitución. [ Prueba #36 ]
    • Presentaron excusas sobre por qué no cumplieron con la ley y no presentaron una petición de arbitraje revocatorio.
  • El 19 de agosto de 2024 a las 5:50 p. m., el representante se comunicó con Alina Altamirano y le preguntó si este memorando se envió bajo su asesoramiento legal. [ Prueba n.° 37 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 19 de agosto de 2024, a las 6:01 p. m., el representante se comunicó con Aline Altamirano y le indicó que la revocatoria estaba vigente. [ Prueba n.° 38 ]
    • A Altamirano se le informó que la Junta Directiva revocada tenía la opción de presentar o no la petición de arbitraje de revocación.
    • Como optaron por no presentarlo, fue sinónimo de que la Junta Directiva revocada aceptara como válida la petición de revocatoria.
    • Además, a Alina Altamirano le informaron que de todas las boletas rechazadas, la mayoría de ellas en realidad fueron rechazadas de manera indebida.
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro

El 19 de agosto de 2024 se celebró y ejecutó la Reunión Organizativa prevista, fijándose cargos de la Junta Directiva sustitutoria. 

El nuevo Presidente de la Asociación, representante de los propietarios de unidades, se comunicó con Yudanis Muniz y su empresa de administración varias veces para preguntar sobre las operaciones de la Asociación:

  • El 20 de agosto de 2024, a las 9:35 a. m. [ Anexo n.° 39 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.
  • El 22 de agosto de 2024 a las 7:55 a. m. [ Anexo n.° 40 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.
  • El 23 de agosto de 2024 a las 7:57 a. m. [ Anexo n.° 41 ]
    • No hubo respuesta de Yudanis Muniz ni de sus empleados.

Al no haber respuesta de Yudanis y la Firma Property Management Group, el nuevo presidente de la Asociación, representante de los propietarios de las unidades, se puso en contacto con Alina Altamirano para solicitarle una copia de su contrato de arrendamiento.

  • El 23 de agosto de 2024 a las 8:02 a. m., el representante del propietario de la unidad le pidió a Altamirano que le proporcionara una copia de su contrato de arrendamiento. [ Prueba n.° 42 ]
  • El 23 de agosto de 2024 a las 14:26, Altamirano respondió que no podía hablar conmigo porque supuestamente le había pagado a un abogado 20 000 dólares por un anticipo para que me representara. Luego se dispuso a hacer referencia a las Normas de conducta profesional del Colegio de Abogados de Florida. [ Prueba n.° 43 ]
    • Esto fue una mentira descarada, ya que la carta afirmaba que el representante del propietario de la unidad tenía intenciones de contratar un abogado si el asunto llegaba a arbitraje.
    • Altamirano intenta continuamente distorsionar la verdad de manera intencional y poco ética para encontrar formas de evitar rendir cuentas.
    • En esta carta, amenazó con presentar una demanda civil contra todos los nombrados en el referéndum. [ Prueba n.° 14 ]
    • Altamirano intentó intimidar y amenazar a todos los miembros nombrados en el referéndum revocatorio para poder proteger los intereses de su amiga Yudanis Muniz.
    • Esto es ilegal según los estatutos de demanda SLAPP de Florida.

Posesión Ilícita de la Asociación

  • El 16 de agosto de 2024, un abogado con más de 23 años de experiencia confirmó que, si la Asociación no presentaba a tiempo la petición de arbitraje de destitución, la destitución se consideraría certificada. [ Prueba n.° 44 ]
  • El 27 de agosto de 2024, la Junta Directiva de reemplazo se instaló legalmente en Tallahassee a través de Sunbiz. [ Anexo n.° 45 ]
    • Es importante destacar la falta de respuesta de Alina Altamirano sobre la vigencia inmediata de la destitución según los Códigos Administrativos de Florida.
  • El 28 de agosto de 2024, Alina Altamirano tomó posesión ilegal de la Asociación al remover a la Junta Directiva legalmente electa y reemplazarla por la Junta Directiva destituida. [ Anexo #46 ]
    • Alina Altamirano fue un paso más allá y amenazó a la nueva Procuradora con presentar una denuncia ante la Procuraduría General de la República y la División de Corporaciones. [ Prueba #47 ]
    • Alina Altimirano afirmó que la acción fue una denuncia falsa y fraudulenta
    • Alina Altimirano no ha respondido sobre el hecho de que el revocatorio es efectivo de inmediato debido a que la Asociación no cumplió con la ley y no solicitó un arbitraje de revocación.
  • El 28 de agosto de 2024, Alina Altamirano presentó la petición de revocatoria para arbitraje, ilegalmente con 14 días de retraso, ya que la fecha límite para presentarla era el 14 de agosto de 2024. [ Anexo # 48 ] 
  • El 28 de agosto de 2024 a las 16:59 horas, Alina Altamirano finalmente respondió con la confirmación de que presentó la petición de arbitraje de revocatoria. [ Prueba n.° 49 ]
  • El 1 de septiembre de 2024 a las 3:43 a. m., el representante del propietario de la unidad respondió a sus reclamos infundados e ilegales. [ Prueba n.° 50 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 3 de septiembre de 2024 a las 10:06 a. m., el representante del propietario de la unidad le preguntó por qué no estaba cumpliendo con la ley, en nombre de los 172 propietarios que firmaron el retiro. [ Prueba n.° 51 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 4 de septiembre de 2024 a las 9:11 a. m., el representante del propietario de la unidad le preguntó por qué no estaba cumpliendo con la ley, en nombre de los 172 propietarios que firmaron el retiro. [ Prueba n.° 52 ]
    • Alina respondió con su respuesta habitual de desviar el diálogo y crear confusión. [ Prueba # 53 ]
  • El 4 de septiembre de 2024 a las 9:45 a. m., el representante del propietario de la unidad le preguntó por qué no estaba cumpliendo con la ley, en nombre de los 172 propietarios que firmaron el retiro. [ Prueba n.° 54 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • El 5 de septiembre de 2024 a las 8:12 a. m., el representante del propietario de la unidad le preguntó por qué no estaba cumpliendo con la ley, en nombre de los 172 propietarios que firmaron el retiro. [ Prueba n.° 55 ]
    • No se recibió respuesta de Alina Altaminaro
  • Alina Altamirano está ignorando por la fuerza el voto democrático de la mayoría de los miembros de la Asociación al hacer mal uso y abuso de su licencia de abogada para tomar control ilegalmente de la Asociación junto con Yudanis Muniz.

Análisis de la presentación de la petición de revocatoria

  • Alina Altamirano asesoró a Yudanis Muniz para que hiciera las elecciones luego de que no solicitaran el Arbitraje Revocatorio. 
  • Alina Altamirano advirtió que si hacen elecciones en contra de los estatutos el 16 de octubre de 2024 en lugar del 5 de noviembre de 2024, entonces tienen la oportunidad de permitir que la revocatoria fracase al mencionar el estatuto de 60 días para presentar una petición de arbitraje de revocación.
  • Alina Atlamirano aconsejó a Yudanis Muniz y a la Junta Directiva destituida no solicitar el Arbitraje Revocatorio, sino dejar pasar el tiempo para que se acerque la fecha de las elecciones anticipadas. 
  • Alina Atlamirano presentó la solicitud de arbitraje revocatorio con 14 días de retraso, reforzando varias veces el hecho de que faltan 60 días para las elecciones. Sin embargo, esto fue inventado por Alina Altamirano y Yudanis Muniz, ya que las elecciones se adelantaron para evitar el revocatorio.
  • En la página 1 del arbitraje de revocación, Alina Altamirano engaña al Tribunal Administrativo al afirmar que esta petición se presenta de conformidad con las reglas de procedimiento que se encuentran en el Capítulo 61B-50 del Código Administrativo de Florida. [ Prueba n.° 49 ]
    • Esto ha quedado demostrado por su comportamiento y sus malas intenciones de ignorar los correos electrónicos y no reconocer que el revocatorio es efectivo si la Asociación no presenta una solicitud de arbitraje de revocación dentro de los 5 días hábiles. 
  • Alina Atlamirano alega que el referendo revocatorio no es válido en apariencia debido a que rechazaron indebidamente suficientes votos para que quedara por debajo de la mayoría de votos. [ Prueba #48 ]
    • Alina está utilizando la definición incorrecta de "aparentemente" válido, lo cual no se ajusta al Capítulo 61B-50 del Código Administrativo de Florida ni a ningún caso histórico. Está bien establecido que la definición de "aparentemente válido" es que se parece a la boleta de muestra del DBPR.
    • Las palabras "aparentemente válidas" no fueron mencionadas en la reunión real, pero fueron falsificadas por Yudanis Muniz en las actas de la reunión . [ Prueba n.° 12 ]
  • La interpretación de la ley que hace Alina Altamirano no tiene sentido y es intencional para evadir la ley. [ Prueba #49-4 ]
  • Alina Altamirano afirma que "el peticionario ha hecho esfuerzos, por medio de correo electrónico y correspondencia escrita, para informar al Sr. López que la destitución no era válida y que la misma junta sigue en su lugar" [ Prueba n.° 49-4 ]
    • Esta es una mentira descarada de Alina Altamirano, la comunicación por correo electrónico demuestra que Alina no responde al Representante del Propietario de la Unidad.
  • Las solicitudes de relevo de Alina Altamirano son injustas y debido a su conflicto de intereses con Yudanis Muniz, ella pretende castigar a la Junta Directiva de reemplazo que ganó la revocatoria. [ Anexo #49-5 ]
  • Alina Altamirano oscureció descaradamente la ley y mintió múltiples veces en este documento de tribunal administrativo sin ningún respeto a la Ley.

 Exposiciones

Alina Altamirano - Exhibidos